Recibir una carta de despido es siempre un golpe, pero conviene saber algo desde el primer minuto: muchos despidos son declarados improcedentes por los tribunales. Un despido improcedente es aquel en el que la empresa no logra acreditar la causa alegada o no cumple los requisitos formales exigidos por la ley, y su consecuencia es clara: readmisión o indemnización. En esta guía, nuestros abogados laboralistas de Manresa te explicamos cómo se calcula esa indemnización, qué plazos tienes para reclamar (son muy breves) y cuál es el procedimiento paso a paso.
¿Cuándo es un despido improcedente?
El Estatuto de los Trabajadores distingue tres calificaciones posibles: procedente, improcedente y nulo. El despido improcedente se produce, entre otros, en estos supuestos habituales:
- La empresa no acredita los hechos alegados en la carta de despido disciplinario.
- Las causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción) son genéricas, insuficientes o no se prueban.
- Existen defectos formales: carta sin concreción de hechos y fechas, falta de preaviso o de puesta a disposición de la indemnización en el despido objetivo.
- Se encubre un despido bajo la apariencia de una no renovación de contrato temporal en fraude de ley, algo que analizamos en nuestro artículo sobre contratos temporales y fraude laboral.
Indemnización por despido improcedente: cómo se calcula
La regla general actual es de 33 días de salario por año de servicio, con un tope de 24 mensualidades. Ahora bien, si tu contrato comenzó antes del 12 de febrero de 2012, el cálculo es doble: el periodo anterior a esa fecha se indemniza a razón de 45 días por año, y el posterior a 33 días. Los periodos inferiores al año se prorratean por meses, y el salario que se toma como referencia es el bruto diario, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
Un error en el salario regulador (por ejemplo, no incluir variables, comisiones o retribuciones en especie) puede reducir la indemnización en miles de euros. Por eso es esencial revisar nóminas y contrato antes de aceptar cualquier finiquito o propuesta de la empresa.
El plazo para reclamar: solo 20 días hábiles
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde su fecha de efectos, y es un plazo de caducidad: no se interrumpe por negociaciones informales con la empresa y, una vez transcurrido, el despido deviene firme aunque fuera claramente injusto. El procedimiento arranca con la papeleta de conciliación ante el organismo de mediación laboral, que suspende el cómputo. Si no hay acuerdo en el acto de conciliación, se presenta demanda ante el Juzgado de lo Social.
Si el juez declara el despido improcedente, la empresa puede elegir entre readmitirte con abono de los salarios dejados de percibir o pagarte la indemnización. En la práctica, la mayoría de las empresas opta por la indemnización, y buena parte de los asuntos se cierra con acuerdo en conciliación, sin necesidad de llegar a juicio.
¿Y si firmé el finiquito?
Firmar el finiquito no siempre cierra la puerta a la reclamación. Su valor liberatorio depende de su contenido concreto y de las circunstancias de la firma. Además, siempre es recomendable firmar añadiendo la expresión «no conforme», que deja constancia de tu desacuerdo. Si ya lo firmaste sin más, consulta igualmente: en muchos casos la reclamación sigue siendo viable.
Abogados laboralistas en Manresa para reclamar tu despido
En Álvarez & Duarte Abogados defendemos a trabajadores de Manresa y del Bages en despidos disciplinarios, objetivos y colectivos. Analizamos la carta de despido, calculamos la indemnización real que te corresponde y negociamos con la empresa o llegamos a juicio si es necesario. La rapidez es crítica: con solo 20 días hábiles de plazo, cada día cuenta.
Preguntas frecuentes sobre el despido improcedente
¿Tengo derecho a paro si mi despido es improcedente?
Sí. Todo despido, cualquiera que sea su calificación, es situación legal de desempleo, por lo que puedes solicitar la prestación desde el primer momento, sin esperar al resultado de la reclamación.
¿La indemnización por despido improcedente tributa en el IRPF?
La indemnización legal está exenta hasta el límite de 180.000 euros, siempre que exista conciliación administrativa o resolución judicial. Las cantidades pactadas por encima de la indemnización legal sí tributan.
¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y nulo?
El despido nulo es el que vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones especialmente protegidas (embarazo, permisos de nacimiento, reducción de jornada). Su consecuencia no es la indemnización, sino la readmisión obligatoria con abono de los salarios de tramitación.
¿Te han despedido y crees que es injusto? No dejes pasar el plazo: contacta hoy mismo con Álvarez & Duarte Abogados en Manresa y te diremos, con números concretos, qué indemnización te corresponde por tu despido improcedente.