Cuando una pareja decide poner fin a su matrimonio de forma consensuada, el divorcio de mutuo acuerdo es la vía más rápida y económica. También es la que menos desgaste emocional genera. Frente al divorcio contencioso, donde cada parte defiende posiciones enfrentadas, aquí son los propios cónyuges quienes fijan las condiciones de su ruptura. Cuentan además con el respaldo jurídico necesario para que el acuerdo sea sólido y ejecutable. En esta guía, nuestros abogados de familia en Manresa te explican los requisitos y las dos vías disponibles: notarial y judicial. También repasamos el contenido del convenio regulador y los costes orientativos en 2026.
Requisitos para acceder al divorcio de mutuo acuerdo
La ley exige, en esencia, dos condiciones. En primer lugar, deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio. Este plazo no se exige si existe riesgo para la vida, integridad, libertad o indemnidad de un cónyuge o de los hijos. En segundo lugar, tiene que existir un acuerdo total sobre el contenido del convenio regulador.
Ten en cuenta que el acuerdo debe mantenerse hasta el final. Si uno de los cónyuges retira su conformidad antes de la sentencia o la firma, el procedimiento de mutuo acuerdo queda sin efecto. Quien desee continuar deberá iniciar entonces un divorcio contencioso, con los plazos y costes adicionales que eso implica. Por eso conviene tener bien cerrados todos los puntos antes de presentar la solicitud.
Vía notarial o vía judicial: ¿cuál te corresponde?
Desde la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, es posible divorciarse directamente ante notario, sin pasar por el juzgado. Esta vía solo está disponible cuando no existen hijos menores de edad no emancipados ni hijos con medidas de apoyo judicialmente establecidas. Si hay hijos comunes mayores de edad o emancipados, deberán prestar su consentimiento ante notario respecto a los acuerdos que les afecten.
El procedimiento notarial es muy ágil. Una vez redactado el convenio regulador, los cónyuges acuden a la notaría y ratifican su voluntad en el mismo acto de firma. El plazo desde que se aporta toda la documentación hasta la firma suele oscilar entre 3 y 15 días hábiles. Es la propia notaría quien se encarga después de inscribir el divorcio en el Registro Civil.
Cuando existen hijos menores en común, el procedimiento debe tramitarse obligatoriamente ante el Juzgado de Primera Instancia o de Familia. Así lo exige el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Interviene entonces de forma preceptiva el Ministerio Fiscal, que revisa las cláusulas sobre custodia, visitas y pensión de alimentos. Su función es comprobar que respetan el interés superior de los menores. Si considera que alguna medida es insuficiente, puede oponerse y exigir que se modifique antes de la aprobación.
Tras la admisión de la demanda, el juzgado convoca a los cónyuges a una vista de ratificación. Es un acto breve en el que ambos confirman su voluntad de divorciarse y su conformidad con el convenio. Después, el juez dicta sentencia: aprueba el divorcio y homologa el convenio regulador. El plazo total suele situarse entre 1 y 4 meses, desde la demanda hasta la sentencia, según la carga del juzgado.
El convenio regulador: el documento que lo decide todo
El convenio regulador es obligatorio en todo divorcio de mutuo acuerdo, sea notarial o judicial. Recoge todas las medidas que regirán tras la ruptura. Entre ellas, la custodia y el régimen de visitas de los hijos (puedes consultar los criterios habituales en nuestra guía sobre la custodia compartida en Cataluña) y la pensión de alimentos con su actualización. También fija el uso de la vivienda familiar, la pensión compensatoria si existe desequilibrio económico entre las partes, y la liquidación del régimen económico matrimonial.
También puede incluir el régimen de visitas de los abuelos e incluso, cada vez con más frecuencia, la custodia de las mascotas de la familia. Sin un convenio completo y equilibrado, ni el juez ni el notario podrán aprobar el divorcio. Por eso su redacción merece una atención cuidadosa desde el primer momento.
¿Cuánto cuesta un divorcio de mutuo acuerdo en 2026?
Una gran ventaja económica del mutuo acuerdo es que ambos cónyuges pueden compartir el mismo abogado, y en la vía judicial también el mismo procurador. Esto reduce el coste prácticamente a la mitad frente a un contencioso, donde cada parte necesita sus propios profesionales.
Como referencia orientativa, por la vía notarial sin hijos el coste total (honorarios de abogado más arancel notarial) suele oscilar entre 500 € y 1.000 €. Puede ser superior si se liquida el régimen económico matrimonial en el mismo acto. Por la vía judicial, el coste típico se sitúa entre 600 € y 1.500 €. No existen tasas judiciales para las personas físicas en este tipo de procedimientos desde 2015. Quienes tengan ingresos reducidos, con carácter orientativo inferiores al doble del IPREM, pueden además solicitar abogado y procurador de oficio de forma gratuita.
Documentación necesaria para iniciar el proceso
Con independencia de la vía elegida, necesitarás varios documentos. Entre ellos, el certificado literal de matrimonio del Registro Civil y los certificados de nacimiento de los hijos comunes. También el certificado de empadronamiento de la unidad familiar, necesario para determinar el juzgado o la notaría competente, los DNI de ambos cónyuges y el convenio regulador firmado. En la vía judicial se añade el poder para pleitos a favor del procurador. Puede otorgarse ante notario o directamente ante el letrado de la Administración de Justicia, sin coste adicional.
¿Puede modificarse el convenio regulador después del divorcio?
Sí es posible. Las medidas relativas a los hijos, como la pensión de alimentos o el régimen de custodia, pueden modificarse ante un cambio sustancial y estable de circunstancias. Por ejemplo, un cambio de trabajo, un traslado de domicilio o nuevas necesidades de los hijos a medida que crecen. La modificación puede tramitarse de mutuo acuerdo, presentando un nuevo convenio, o por vía contenciosa si alguna de las partes no está conforme.
Abogados de divorcios de mutuo acuerdo en Manresa
En Álvarez & Duarte Abogados ayudamos a las parejas de Manresa y el Bages a divorciarse de la forma más ágil y menos traumática posible. Redactamos un convenio regulador equilibrado y duradero. Te asesoramos sobre si la vía notarial o judicial se ajusta mejor a tu caso, y te acompañamos hasta la firma o la sentencia. Un buen convenio hoy evita conflictos y modificaciones costosas mañana.
Preguntas frecuentes sobre el divorcio de mutuo acuerdo
¿Necesito estar separado antes de divorciarme?
No es necesario. Desde la reforma de 2005, en España se puede acceder directamente al divorcio sin pasar antes por una separación. Solo hay que cumplir el plazo mínimo de tres meses desde el matrimonio.
¿Se escucha a los hijos en el proceso?
Si los hijos son mayores de 12 años, el juez puede escucharlos antes de aprobar el convenio. El objetivo es conocer su opinión sobre custodia y visitas, aunque su parecer no es vinculante.
¿Puedo arrepentirme después de presentar la demanda?
Sí, puedes hacerlo en cualquier momento antes de que se dicte sentencia, presentando un escrito conjunto de desistimiento. El procedimiento se archiva y el matrimonio continúa vigente.
¿Vas a divorciarte de mutuo acuerdo? Contacta con Álvarez & Duarte Abogados en Manresa. Te ayudamos a cerrar el proceso de la forma más rápida, económica y menos desgastante para toda la familia.